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Cuán poco convencional es la Propiedad Intelectual “poco convencional”

Cuando pensamos en los diferentes derechos de propiedad intelectual (PI) y lo que protege cada uno de ellos, solemos referirnos, por

ejemplo: a palabras y logotipos para marcas comerciales, libros y arte para derechos de autor, un mueble o una creación de moda para el diseño, un medicamento farmacéutico o una máquina para patentes.

Sin embargo, la propiedad intelectual también puede proteger “cosas” u “objetos” que pueden ser percibidos como menos convencionales que los anteriores.

Cuando hablamos de la protección PI disponible, por ejemplo, para sonidos, colores y patrones, formas, tatuajes, memes y GIF, o sabores y olores, nos referimos a “no tradicionales” o PI “no convencional”. Pero, ¿es fácil proteger estos “objetos”, especialmente como marcas?

Artículo de Elonora Rosati

Publicado en Alicante News, diciembre 2021


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