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Ya en vigor, en toda la Unión Europea, las nuevas normas sobre los procedimientos de insolvencia transfronterizos

Aprobadas en 2015 por la UE, las nuevas normas en vigor desde finales de junio de este año quieren ayudar a la recuperación de las deudas en los procedimientos de insolvencia transfronterizos. Facilitarán a las empresas la reestructuración y a los acreedores la recuperación de su dinero, garantizando unos procedimientos colectivos efectivos y eficientes para el cobro transfronterizo de deudas.

El Reglamento se centra en resolver los conflictos de jurisdicción y legislación en los procedimientos de insolvencia transfronterizos. Asimismo, garantiza el reconocimiento de las sentencias relacionadas con la insolvencia en toda la UE.

En un verdadero mercado interior las empresas que se tengan que reestructurar no deben verse obstaculizadas por conflictos sobre qué legislación nacional se aplica, ni las fronteras nacionales deben ser un obstáculo para que los acreedores recuperen lo que se les adeuda. Al mejorar la seguridad jurídica estas nuevas normas beneficiarán a las empresas y la inversión.

Características principales de las nuevas normas

  • Ámbito de aplicación más amplio: las nuevas normas se aplican a un conjunto más amplio de procedimientos nacionales de reestructuración. Algunos procedimientos de reestructuración nacionales modernos y eficientes no estaban regulados por el antiguo conjunto de normas, y en consecuencia no podían utilizarse en casos transfronterizos. Ahora será posible utilizar los modernos procedimientos de reestructuración nacionales para rescatar empresas o recuperar dinero de deudores de otros países de la UE.
  • Mayor seguridad jurídica y salvaguardias contra el turismo concursal: si un deudor se traslada poco antes de tramitar el procedimiento de insolvencia, el tribunal tendrá que analizar minuciosamente todas las circunstancias del caso para comprobar si el traslado es genuino o se trata con él de aprovechar unas normas concursales menos severas. El tribunal tendrá que comprobar que el deudor no está actuando como «turista concursal».
  • Aumento de las oportunidades de rescatar a las empresas: las nuevas normas evitan los «procedimientos secundarios» (procedimientos iniciados por los tribunales en un país de la UE que no sea aquel en el que tenga su domicilio social la empresa). Esto hará más fácil la reestructuración de las empresas en un contexto transfronterizo. Al mismo tiempo, las normas proporcionan también salvaguardias que protegen los intereses de los acreedores locales.
  • Procedimientos de insolvencia de grupo: las nuevas normas introducen un marco para los procedimientos de insolvencia de grupo, que aumentará la eficiencia de los procedimientos de insolvencia en los que estén implicados diferentes miembros de un grupo de empresas. Además, aumentarán las probabilidades de rescatar al grupo en su conjunto.
  • Vinculación de los registros de insolvencia: para el verano de 2019, estarán interconectados en toda la UE los registros nacionales de insolvencia electrónicos. De este modo será más fácil obtener información sobre los procedimientos de insolvencia en otros países de la UE.

Acceso al texto del Reglamento

 

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